Responsabilidades:
*Asignar y
comunicar responsabilidades a los trabajadores en seguridad y salud en el
trabajo dentro del marco de sus funciones.
*Implementar
los correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos.
*Participar
en la construcción y ejecución de planes de acción.
*Elaborar
informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de
las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones.
*Participar
de las reuniones del Comité de Seguridad y Salud en el trabajo.
*Garantizar
información oportuna sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y los canales de comunicación que permitan recolectar información manifestada por los
trabajadores.
*Examinar de manera confidencial los casos
específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran
representar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la
entidad pública o privada.
Participación:
*La
participación de los trabajadores en la gestión de la seguridad y salud en el
trabajo (SST) implica su incorporación en la planificación,
ejecución y evaluación de todas las actividades para la prevención de riesgos
laborales.
*La
participación de los trabajadores en los procesos de mejoras, implica que se
les faciliten recursos y que sientan que no solo tienen la responsabilidad de
afectar los resultados, sino también el poder para hacerlo.
*Con una
participación activa los trabajadores contribuyen a identificar los problemas y
sus causas a encontrar soluciones prácticas y al desarrollo de procedimientos
de trabajo seguro.
Bibliografía:
Roles y Responsabilidades. (s.f.). Obtenido de: https://www.unicienciabga.edu.co/images/documentos/SGSST/Roles-y-responsabilidades-SGSST.pdf
Hola Yenny, me gusto mucho tu análisis, las responsabilidades deben ir de la mano con las funciones y atribuciones de los miembros del CSSL. Buen Trabajo.
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