La doctrina de la responsabilidad objetiva o de riesgo profesional desarrollada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) nos indica que:
Consiste en que el patrono de una empresa está obligado a pagar una indemnización a cualquier trabajador víctima de un accidente de trabajo sin que haya que investigar si este accidente proviene de culpa del patrono, de caso fortuito o de un hecho culpable del obrero (Penalistas, p. 3)
Ejemplo: Cuando un trabajador sufre una cortada superficial en su mano este tiene un reposo menor de 3 semanas y el patrono deberá de estar pendiente de todo lo que el trabajador necesite durante el tiempo que estará fuera de la empresa.
Penalistas,
A. P. (s.f.). Accidentes
Laborales: Teoría de la Responsabilidad Objetiva. Obtenido de
https://www.alc.com.ve/accidentes-laborales/
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